Jurisprudencia sobre la notificación por mensaje de datos
Las providencias en las que se apoya el método de Notificado, en orden cronológico. Cada resumen es informativo y no es asesoría: antes de citarla, lea la providencia completa en la fuente enlazada.
Las sentencias de tutela de la Corte Suprema obligan solo a las partes; la propia Corte las presenta como criterio orientador para los jueces (STC8435-2023).
STC690-2020
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Fecha
Magistrado ponente
Tejeiro
Radicado
T 11001-22-03-000-2019-02319-01
Qué decidió
En la vía del art. 291 del CGP, fue razonable negar efectos a una notificación por correo sin acuse de recibo, cuando la empresa de mensajería informó que los correos no habían sido abiertos. La Corte aclaró que no se trataba de probar la apertura, sino de que el iniciador recibiera el acuse.
Por qué importa
Un registro de «enviado» por sí solo es débil: lo que cuenta es la prueba de que el servidor del destinatario recibió el mensaje.
Declaró exequible de manera condicionada el inciso 3 del art. 8 del Decreto 806 de 2020: el término empieza a contarse cuando el iniciador recepcione acuse de recibo o se pueda por otro medio constatar el acceso del destinatario al mensaje. En una nulidad, el juramento del afectado no basta; el juez valora integralmente la actuación y las pruebas.
Por qué importa
Es el ancla constitucional de la regla. La Ley 2213 de 2022 escribió ese condicionamiento en el inciso 3.
Los requisitos del art. 8 son el juramento, la forma de obtención y la prueba. Rige la libertad probatoria: el acuse es la constatación de que la misiva llegó, y puede probarse con un acuse voluntario o automático, una constancia postal o documentos del demandante. Las capturas de pantalla son válidas, y los mensajes de datos se aportan en el formato en que se generaron.
Por qué importa
Es el caso líder: la aceptación registrada por el servidor de correo es un acuse válido, y no se exige un servicio de correo postal pagado.
Exigir una «cadena de envíos» de correos para autenticar un poder es exceso ritual manifiesto. La Corte anota que los jueces cotejan el correo del apoderado con el Registro Nacional de Abogados.
Por qué importa
El memorial que informa la notificación debe salir del correo inscrito del abogado.
Dejó sin efecto la nulidad que un tribunal decretó porque el mensaje no indicaba la fecha de la providencia ni cuándo se entendería surtida la notificación: exigir requisitos que el art. 8 no contiene es exceso ritual manifiesto.
Por qué importa
Los intentos de nulidad ocurren. Incluir esos datos en el mensaje no es obligatorio, pero elimina el argumento.
El juez no puede exigir al demandante una constancia de entrega o de acuse de recibo so pena de desistimiento tácito: esa exigencia contraría la buena fe y no se deduce de las normas. La notificación se entiende surtida a los dos días hábiles del envío y, por regla general, desde allí corre el término; la recepción efectiva se debate en la nulidad.
Por qué importa
La relatoría la marca como unificación de criterio sobre el inciso 3. La prueba de la entrega es defensiva: decide la nulidad.
El correo electrónico, el teléfono y la dirección de una persona son datos semiprivados en los términos de la Ley 1581 de 2012; el número de cédula es un dato público.
Por qué importa
La dirección del demandado es un dato personal y debe tratarse con las garantías del habeas data.
Enviar el auto admisorio desde un correo distinto al indicado en la demanda o al inscrito en el Registro «en nada afecta a la notificación» si se logró el enteramiento efectivo; exigir requisitos adicionales es un error.
Por qué importa
Respalda que el envío salga de un dominio de notificaciones en nombre del abogado.
Fue válida la notificación enviada al correo registrado en el RUT del demandado, en un proceso no tributario. La alegación de que el demandante creó ese correo de forma fraudulenta no prosperó por falta de prueba siquiera sumaria; se negó la tutela.
Por qué importa
Respalda el RUT y el registro mercantil como fuentes de la dirección, y muestra por qué el registro de la notificación debe ser a prueba de alteraciones.