¿Hay que probar que el demandado abrió el correo?
La Corte Suprema ha dicho que la notificación por correo no depende de la apertura del mensaje. Qué se prueba entonces, y para qué sirve la apertura.
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Preguntas que se repiten en los despachos, respondidas con la norma y la jurisprudencia a la vista.
La Corte Suprema ha dicho que la notificación por correo no depende de la apertura del mensaje. Qué se prueba entonces, y para qué sirve la apertura.
El art. 8 de la Ley 2213 separa la notificación surtida, a los dos días hábiles del envío, del momento en que empieza a correr el término. Cómo se cuentan.
La notificación por el art. 8 de la Ley 2213 y la del CGP conviven, pero con requisitos distintos. Qué exige cada una y por qué conviene no mezclarlas.
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